23 de octubre de 2012

LOS PERIODISTAS RADIALES NO ESTÁN DENTRO DE LA INCLUSIÓN SOCIAL

Esteban Soriano, Presidente F.L.P

Por: Esteban Soriano Arrieta

Hace unos días conversaba con Úrsula Mendoza León, fundadora de la Federación de Locutores del Perú, quien vive en la ciudad de Caraz, muy cerca del hermoso Callejón de Huaylas, a quien le había remitido todo el conjunto de dispositivos legales que hay sobre nuestros derechos de los periodistas". Me pidió (Úrsula) un artículo dirigido a los periodistas y con la energía que me caracteriza, hago llegar con mis disculpas a quienes como periodistas o dirigentes puedan sentirse afectados, pero es una realidad que no podemos ocultar.
Leyes que en realidad  son inaplicables con el actual sistema del Seguro Social Peruano y que muchas de ellas no se cumplen y si alguien trata de hacerlas cumplir se vuelve posiblemente enemigo del medio de comunicación o simplemente no lo van a dejar trabajar y si quiere trabajar de manera independiente se queda sin clientes etc.

Actualmente hay tantos medios de comunicación familiares y donde todos son concesionarios. Solo están asegurados los dueños y familiares de ellos.

Pero basta retroceder 30 años atrás y recordar que hubo periodistas, locutores, reporteros gráficos, presentadores, conductores de Tv, quienes, fallecieron sin tener Seguro Social, ni mucho menos gozar del Sistema Nacional de Pensiones. Hay muchos nombres de distinguidos periodistas y locutores de la Radio y la Televisión Nacional Peruana, que en algunos casos, fueron atendidos por el Seguro Social, por disposiciones de los Directivos de Turno, por intermedio de los Hospitales Nacionales, Guillermo Almenara Irigoyen y Edgardo Rebagliati Martins, atendieron a sus pacientes, de  modo que algunas "conocidas empresas de RADIO, TV y Diarios, quedaran bien maquilladas ante la opinión pública, quienes pensaban que todo es muy bonito, aunque la realidad es otra.

En el año de 1987, la Asociación de Locutores del Perú, que se convirtió en Empleador de sus locutores de esos años, tenía su Registro Patronal e inició la inscripción de muchos colegas, quienes pese a estar trabajando para emisoras de Radio y Televisión, consideradas las más grandes de Lima, sólo tenían en sus planillas a sus familiares, amigos y seres queridos. Los que verdaderamente trabajaban, no figuraban. 

Sin embargo, con este valioso aporte de la ALP, fueron intervenidos quirúrgicamente varios pacientes, incluidos los gastos de funeral y hasta sus familiares gozaron de los beneficios que otorga el Sistema Nacional de Pensiones.

En la década de los 90,  el Seguro Social modificó las prestaciones asistenciales y aparecieron las AFPS y muchos ya saben los resultados. No han sido los mejores, porque varias personas ya recibieron toda su pensión y ahora ya no tienen que cobrar.        

Lo primero que deberíamos hacer, es solicitar el cumplimiento de las leyes y para ello están las entidades como El Colegio de Periodistas, La Federación de Periodistas, La Asociación Nacional de Periodistas , La Federación de Locutores y otras tantas instituciones quienes estamos en el deber de solicitar una ley que beneficie a todos los periodistas radiales, periodistas independientes, deportivos, concesionarios de programas de radio y televisión, que nos permita acceder al Seguro Social Obligatorio y al sistema nacional de pensiones, a través de una FICHA ÚNICA DE INSCRIPCIÓN NACIONAL de todos los periodistas , debidamente acreditados por las Instituciones que nos representan.

Cuando un periodista, se jubila  no tiene ningún beneficio especial, se dijo que los jubilarían a las mujeres a los 55 años y a los hombres a los 60 años, pero no es así. Todos nos jubilamos a los 65 años y con una pensión que es un sueldo mínimo vital, si se retira antes, solo percibe el 70%. Hay conocidos periodistas que reciben S/ 410.00 soles, no pongo los nombres porque es un insulto a su
brillante inteligencia y dignidad personal. ¿Quién puede vivir con esa pensión?

Nuestros dirigentes, dijeron que los periodistas se van a jubilar con tres sueldos mínimos vitales, pero donde está el dispositivo legal, eso nos falta verdad, ¿porque no lo pedimos ahora, incluido nuestro Seguro Social? 

Esto significa que los periodistas podemos pagar de nuestro peculio el S.S.O y el S.N.P , pero en condición de asegurados obligatorios y no como independientes o facultativos, porque ello nos limita, las prestaciones asistenciales y solo podemos acceder a ella solo hasta los 40 años.

Además, tanto se habló de que los periodistas deberían de percibir como remuneración 3 sueldos mínimos vitales o legales, pero no se aplica.

La ley sobre los riesgos de los periodistas por accidentes de trabajo a nivel nacional, tampoco se cumplen. ¿Qué hacemos los dirigentes para solicitar que se cumpla con todas las Leyes ?. Ley 24514, 24522, 24527,24724, 24795, 24898, 25001, 25101, etc.

Llegará el "DIA DEL PERIODISTA" el próximo 1 de Octubre y habrá  promesas otra vez, mientras tanto en el interior del Perú profundo, fallece un periodista radial cuyo nombre y apellidos no son tan conocidos como los de Lima. Sus familiares y amigos tienen que tocar las puertas y los bolsillos de las personas representativas de la ciudad, para conseguir el dinero y darle cristiana sepultura. El Alcalde de la ciudad, provincial o distrital, presionado por la gente, regala el ataúd. Un club Social, brinda el local para el velatorio y la Beneficencia Pública, a veces dona el nicho, de lo contrario, solo un nicho temporal.

Si el locutor o periodista radial cae enfermo y no tiene seguro social, se va al Hospital del Minsa y finalmente, las asistentas sociales, le condonan la deuda a los familiares, si los tiene, porque a veces no tienen ni para pagar la cama de un hospital, porque con las justas los amigos consiguen el dinero para las medicinas.

Por ello, esta vez, le pediremos al Señor Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, que nos otorgue una ley general para todos los comunicadores sociales. Con la condición que cada uno pague sus prestaciones asistenciales de seguro social y de pensiones pero con la calidad de asegurado obligatorio.

Y solicitarle al Señor Presidente, que pida a todas las Empresas de Radio Televisión y Diarios, donde hayan más de 25 trabajadores, que cumplan con las Leyes, que no las ignoren y que también ponga su firma en otra ley los periodistas la esperan: que Todos, se jubilen con tres sueldos mínimos vitales, porque en los considerandos se establece que entre todos los comunicadores sociales entregamos nuestra valiosa contribución al Estado Peruano a través de la cultura, el entretenimiento, la información y el deporte, etc.

Espero que este artículo, sea publicado y no guardado en un diván, hasta el próximo año, a la espera de Una Nueva Ley para los Periodistas Radiales del Perú Profundo, quienes no estamos dentro de la inclusión social.

FELIZ DÍA A TODOS LOS PERIODISTAS

Un abrazo

Esteban Soriano Arrieta
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rpm # 28727
rpc 962702283

Fuente: La Pluma de Caraz

2 de octubre de 2012

Propuesta de Proyecto de Ley en beneficio de comunicadores sociales


Hacemos de conocimiento que el pasado 02 de Setiembre del 2012, LA FEDERACIÓN DE LOCUTORES DEL PERU, que conoce la realidad de los Periodistas Radiales e independientes de todo El Perú,  enviamos a PALACIO DE GOBIERNO nuestra propuesta de un proyecto de Ley, para el Seguro Social Obligatorio y Sistema Nacional de Pensiones y hasta el momento no hemos recibido respuesta. Ni hemos sido invitados.

Aquí la propuesta, esperamos sus comentarios. 
 
Propuesta de Proyecto de Ley formulada por la Federación de Locutores del Perú en beneficio de los comunicadores sociales

Artículo 1°.- Los periodistas profesionales y/o colegiados, con calidad de independientes y/o concesionarios de medios de comunicación, como locutores, periodistas radiales, comunicadores sociales, deportivos, narradores de noticias, productores y conductores de RADIO, TELEVISIÓN y de la PRENSA ESCRITA, tendrán la condición de asegurados obligatorios para  las prestaciones asistenciales a nivel nacional a través de Es Salud. 

Artículo 2°.- El sueldo que percibirán los periodistas profesionales y/o colegiados que laboren en Empresas Públicas , Privadas y del Estado será no menor a los tres sueldos mínimos vitales.

Artículo 3°.- La inscripción y los pagos para el Seguro Social y la Pensión de Jubilación, se hará a través de la SUNAT y/o el Banco de la Nación, para todos los periodistas considerados en el Art. 1°, por cuanto todos emiten recibos por honorarios como periodistas. Pagarán, los aportes de Empleador y trabajador.

Artículo 4°.-  Las Instituciones como: El Colegio de Periodistas, la Asociación Nacional de Periodistas, La Federación de Periodistas, La Asociación de Reporteros Gráficos y la Federación de Locutores del Perú, emitirán las acreditaciones de sus agremiados.

Artículo 5°.- Los periodistas considerados en al Art. 1°, tendrán derecho a una pensión de Jubilación de 3 sueldos mínimos vitales, siempre y cuando acrediten  20 aportaciones al Sistema Nacional de Pensiones y 60 años de edad.

Artículo 6°.- A partir de la dación de la presente Ley se considerarán 45 días para emitir su reglamento.